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El dinero y la ley: un poco

Aug 22, 2023

El columnista de negocios Jim Flynn.

Hay muchas razones por las que podría optar por pagar bienes o servicios utilizando una tarjeta de crédito en lugar de efectivo, un cheque o una tarjeta de débito: conveniencia, mantenimiento de registros, hijos en la universidad, etc. Una de esas razones proviene de una disposición poco conocida. de la Ley federal de Veracidad en los Préstamos.

Esta disposición le permite retener el pago de una parte de la factura de su tarjeta de crédito si tiene una disputa de buena fe con un comerciante.

Esto es importante ya que, como le dirá cualquier abogado con experiencia, si se encuentra en una disputa legal que involucra dinero, lo mejor es ser la parte interesada. El sistema legal hace que sea más fácil retener dinero en su poder en lugar de intentar quitarle dinero a otra persona. Si paga en efectivo, con cheque o con tarjeta de débito, el comerciante se convierte en parte interesada.

Esto es lo que dice la sección de la Ley de Veracidad en los Préstamos en cuestión (para los puristas, sección 1666i): “(Un) emisor de tarjetas… estará sujeto a todos los reclamos… y defensas que surjan de cualquier transacción en la que la tarjeta de crédito se utilice como un método de pago…” Sin embargo, como es de esperar, existen algunas reglas adicionales. Primero, el lugar donde ocurrió la transacción debe estar en el estado de origen del titular de la tarjeta o, si se encuentra en otro estado, dentro de las 100 millas de la dirección postal de la cuenta del titular de la tarjeta.

Por lo tanto, no se puede vivir, digamos, en Ogallala, Nebraska, y negarse a pagar una reparación fallida de un automóvil en Ouray, Colorado.

A continuación, la compra debe ser superior a $50.

Finalmente, el titular de la tarjeta debe haber intentado de buena fe resolver el conflicto directamente con el comerciante antes de poder ejercer el derecho a no pagar la factura de la tarjeta de crédito.

Si se cumplen estas condiciones y el titular de la tarjeta decide no pagar, deberá notificarlo por escrito al emisor de la tarjeta. El emisor de la tarjeta debe entonces suspender el cargo hasta que se resuelva la disputa. El emisor de la tarjeta no puede utilizar la falta de pago del monto en disputa como base para declarar un incumplimiento, imponer un cargo por pago atrasado o presentar información negativa ante una agencia de informes crediticios.

A los emisores de tarjetas de crédito no les gusta esta parte de la Ley de Veracidad en los Préstamos porque quedan atrapados en el medio. Después de todo, el emisor de la tarjeta le ha prestado al titular de la tarjeta el dinero para realizar la compra y le ha pagado ese dinero al comerciante.

Aunque el emisor de la tarjeta puede tener un derecho contractual a recuperar el dinero del comerciante, a los emisores de tarjetas no les gusta hacer uso de este derecho y prefieren no tomar partido.

En cambio, se sabe que le dicen al titular de la tarjeta cosas como: “Bueno, recibimos su notificación, pero esta disputa es entre usted y su comerciante. Aquí sólo somos un prestamista inocente y, ya sabes, realmente deberías pagarnos y resolver tu problema con el comerciante”.

Los emisores de tarjetas están obligados a informar a los titulares de estas sobre este derecho de impago. Por lo tanto, escondido en las últimas páginas de su estado de cuenta mensual, encontrará una divulgación que indica lo que debe hacer para ejercer el derecho de falta de pago y las condiciones que deben cumplirse antes de poder ejercer el derecho.

La ley no le permite recuperar un pago que ya se ha realizado, por lo que debe ejercer el derecho de falta de pago de la Ley de Veracidad en los Préstamos cuando el cargo en disputa aparece por primera vez en su estado de cuenta y mientras aún sea la parte interesada.

Jim Flynn es columnista de negocios. Trabaja en la firma Flynn & Wright de Colorado Springs. Se le puede contactar en [email protected].

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